Póliza de accidentes Personales.
Objetivo
Garantiza una atención oportuna en caso de accidentes, incluyendo los casos de riesgo Biológico para los estudiantes de Ciencias de la Salud.
Asegurados
Todos los estudiantes debidamente matriculados en la Universidad y que tengan expedido el carné institucional vigente y el de Seguros del estado S.A. que los acredite para la prestación de los servicios.
*Para estudiantes de ciencias de la salud a partir de quinto semestre.
Exclusiones
Los amparos definidos anteriormente en esta póliza no operan cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias, además de las definidas en el Código de Comercio:
- Tentativa de suicidio o lesiones causadas a sí mismo ya sea en estado de cordura o demencia.
- Guerra interna o civil o internacional, motín, huelga, movimientos subversivos o al margen de la ley en general, conmociones civiles de cualquier clase.
- Participación del asegurado en actividades ilícitas o contravencionales siempre que se encuentren descritas como tales en normas legales o reglamentarias.
- Encontrarse el asegurado bajo la influencia de bebidas embriagantes o de drogas tóxicas, heroicas o alucinógenas.
- Enfermedades corporales no previstas en el amparo de este seguro, hernias de cualquier clase, oclusiones intestinales y rupturas de aneurismas; o cualquier dolencia, tara o infección bacterial, distinta de la contraída por lesión corporal externa y accidental.
- Los accidentes que sufra el asegurado mientras actúe como piloto de o haga parte de la tripulación de una aeronave o mientras se encuentre en aeronaves que no sea de una línea comercial legalmente establecida y autorizada para el transporte regular de pasajeros, incluyendo el uso de cualquier tipo de planeadores y cometas
- Cuando conduzca o viaje como pasajero de motoneta o motocicleta o vehículos a motor tipo (KART.)
- Las infecciones producidas por picaduras de insectos, tales como malaria, tifo fiebre amarilla.
- Los accidentes sufridos por el asegurado durante intervenciones quirúrgicas o como consecuencia de ellas o los causados por tratamientos médicos de rayos X, choques eléctricos, etc.
- La participación voluntaria en riñas, peleas o actos ilícitos.
Sistema de indemnización especializado
En caso de presentarse accidente, si un asegurado requiere asistencia médica quirúrgica, hospitalaria farmacéutica, puede acudir al centro asistencial que elija y los gastos causados podrán ser reembolsados al afectado, hasta el monto contratado, previa presentación de los originales de las cuentas, con sus respectivas fórmulas médicas y de los formularios de reclamación, que suministra la compañía, debidamente diligenciados.
Adicionalmente la compañía cuenta con convenio con diferentes clínicas donde el asegurado podrá ser atendido con sólo presentar el carné de afiliación al seguro.
Requisitos en caso de siniestro
La compañía pagará la indemnización a la que esté obligada, dentro del mes siguiente a la fecha en que se acredite el siniestro y se presenten las facturas originales de manera oportuna.
El asegurado o beneficiario, en su caso, quedará privado de todo derecho cuando la reclamación presentada fuere de cualquier manera fraudulenta.
Si el accidente ocurre fuera de Colombia, se reembolsarán los dineros correspondientes a que hubiere lugar y hasta por el monto contratado del amparo afectado.
Amparo muerte accidental y auxilio exequias
- Registro civil de nacimiento o fotocopia de la cédula del fallecido.
- Registro civil de defunción.
- Historia clínica.
- Registro civil de matrimonio, registro civil de nacimiento y fotocopia de la cédula de los beneficiarios designados.
- Acta de Levantamiento del cadáver.
- Copia de la Necrosis.
- Informe de las autoridades que tuvieron conocimiento del caso.
- Fotocopia del carné de la Universidad.
Amparo de gastos médicos y traslados por reembolso
- Historia clínica completa.
- Certificado del médico tratante.
- Facturas originales cancelados.
- Fotocopia del carné de la Universidad.
- Fotocopia del documento de identidad.