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Contra los amigos de los libros: protección divina de los libros

portada
Entre las curiosidades del Archivo Histórico, una poco visible es la reproducción de una cédula de excomunión, cuyo original reposa en la biblioteca de la Universidad de Salamanca. Documento que se explica por un problema inherente al funcionamiento de las bibliotecas: la plaga de ladrones de libros. Para conjurarlo, los religiosos echaron mano de remedios materiales y espirituales: encadenar los libros (libri catenati) y pedirle al papa que actuara moralmente contra los perpetradores. Así lo hicieron varios, como Pío V, allá por 1568.


Copia de la salmantina, existente en el Archivo.

El original latino es como sigue:

Commentarii In Generalia Statuta Ordinis S. Francisci Fratrum Minorum
Commentarii in Generalia Statuta Ordinis S. Francisci Fratrum Minorum etc., auctore Gaudentio Kerckhove. Colonia, 1709. Fuente: Googlebooks.

"Conciencia laxa" y "avaricia" son las causales del robo de libros, en perjuicio de las bibliotecas y con "peligro de su alma". La pena va contra toda persona, de dignidad episcopal inclusive. Las copias de la bula debían llevar firma de notario público y sello de persona constituida en dignidad eclesiástica, para ser acreedoras a la misma fe del original.
Aprovechamos para corregir dos cosas, en la versión española que circula en internet. Nos parece más claro en español "conciencia laxa" que aquel "espléndidos con su conciencia", acaso demasiado fiel al original. Además, la fecha de la bula es 4 de noviembre, no 14.

En el Archivo.

Advertencias similares existen en los libros del Archivo. Trátase de Aphorismi (...) pro concordia, pace & tranquillitate reipublicae conseruanda (Aforismos por la concordia, la paz y la conservación de la tranquilidad de la república), del religioso Juanetín Niño, en 1625. Allí se lee, en papel adherido al texto: "De la librería del Colegio del S. D. S. Buenaventura. Hay excomunión reservada a su Santidad para quien lo usurpare".

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Lo mismo en el Diccionario histórico de Luis Moréri, con la aclaración de que la obra luego se vendió:
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Texto semejante al de una edición facsimilar mejicana:

Arte de la lengua japona (1738)
Arte de la lengua japona (...), por Melchor Oyanguren de Santa Inés. Fuente: Googlebooks.[/caption]

En el mismo sentido, léese en una guarda sobre una bula de excomunión del papa Alejandro VII (1599-1677):

"(...) pena excommunicationis maioris et absolutio reservata ad su".
"(...) pena excommunicationis maioris et absolutio reservata ad subsesores eiusdem sumi pontificis". Commentariorum in Isaiam prophetam (...) tomus primus, por Diego Álvarez de Medina.

Con pena de excomunión o sin ella, consta que los libros se extraviaban. Raro era que volvieran a sus anaqueles, como ocurrió con unas Concordantiae totius iuris canonici et civilis, por Sebastián Jiménez:

Del ilustrísimo señor
Del ilustrísimo señor maestro don Cristóbal de Torres, etc.

Veamos el folio 276, como recomienda la nota destacada:

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Sí, señores: felizmente recobrado en 1805.