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Andrés Rosillo y Meruelo, revolucionario de la moda

portada

Manuel Antonio Flórez Maldonado Martínez y Bodquin era la firma con que encabezaba sus despachos el virrey gobernador y capitán general de este Nuevo Reino de Granada y Provincias Adyacentes, y presidente de la Real Audiencia y Chancillería. En este caso, para concederle una beca del Rosario, la de los “patrimoniales de Mariquita”, a don Andrés Rosillo, que luego de haber cursado la Latinidad y la Filosofía, declaraba no tener recursos para proseguir las facultades mayores (Teología, Jurisprudencia y Medicina). El virrey gobernador etc., habida cuenta de la “idoneidad, aplicacion, y buenas prendas del pretendiente” y siendo el ánimo del Fundador “que se socorriese con las Becas fundadas, à los pobres, que por su indigencia no pudiesen costeár pension”, tuvo a bien concederle la beca al suplicante “que la obtendrá interin vaca alguna de las pertenecientes à los de esta ciudad” [v.8 ff.186r-v], pues Rosillo era oriundo de El Socorro. Todo lo cual libró, firmó y selló con el sello de sus armas, a cinco de septiembre de 1776.
 

 

 

Andando el tiempo (1781) y ya como catedrático de Artes del Colegio, las prendas, esta vez materiales, de don Andrés Rosillo dieron motivo para que el arzobispo Caballero y Góngora se quejara porque “el traje interior no correspondia por su color a la debida modestia de un colegial eclesiastico que aspira à el alto ministerio del sacerdocio”. El catedrático se salió por la tangente, achacándole el hecho a “casualidad, u olbido”. Pero como supiera el arzobispo que el infractor “usa capa encarnada, y otros indicantes de irregular lucimiento como el culto pelo y su coleta”, eleva su queja ante el rector y le manda que vigile que este individuo y los demás colegiales a su cargo “se porten en su traje honesta, y aseadamente sin distintivo extraño à este concepto”. Caso contrario, se le avise para que tome “desde luego las oportunas providencias contra el inobediente” [v.92 ff.812 ss].
 

Rosillo se notifica, humildemente, del decreto.

El rector, que lo era el Dr. Agustín Manuel de Alarcón, se pliega a la obediencia, mandando notificar al catedrático que “no use capa encarnada, ni galoneada aunque sea de otro color, ni trayga pelo largo[1], ni vestidos interiores profanos de color, calidad, ò forma que por derecho ò costumbre estan prohividos à los clerigos”, en virtud de un mandato constitucional[2]. Donde asimismo se prohíbe “à los individuos que moran dentro del Claustro el que puedan salir à la calle sin vestido talar bajo las penas que alli señala”. Concluye el rector recordando que estos “mandatos desde luego son muy conformes à la honestidad, modestia, y decencia, que se debe observar en el respetable cuerpo de un Colegio Mayor” y que no se puede “dar lugar à que en el publico se haga reparable su transgresion”. En fin, el secretario Uscátegui le notificó a Rosillo “incontinenti” el decreto rectoral y consta allí la escueta firma del licenciado.

 

Cerramos esta anécdota apuntando que el severo arzobispo ordenó sacerdote al inobediente catedrático, en Tunja y 16 de marzo de 1782.
 

La traducción del texto constitucional es del
catedrático Salazar; el amanuense fue Florentino Vezga.

 

Rosillo en la historia.

 

Si para el académico Roberto Tisnés la figura y los hechos del Dr. Rosillo son “dignos de cualquier personaje del Renacimiento italiano”, a su biógrafo Rodríguez Plata le recordaban la de Fouche, el revolucionario francés. Versátil y paradójico, “aun sus actuaciones patrióticas quedan desfiguradas y en tela de juicio por los continuos vaivenes de su proceder y por la fuerte presunción de que actuaba así movido casi siempre por el desenfrenado deseo de figurar y sacar provecho de cuanto le podía resultar de algún modo favorable”[3].

 

Ahora bien y volviendo al punto de las prendas, el Cronista del Rosario[4] creía que lo de Rosillo era “inconformidad, la soberana independencia de su carácter, el refinamiento de su persona, su altivez y soberbia, sus livianas condescendencias bien ajenas de una profesión elegida erroneamente”; no un caso aislado, como que el arzobispo era “refinado también y selecto y libérrimo como el pichón rosarista”, pero una cosa es el superior de la Iglesia y otra un quídam.

 

Por ello parece excesiva la interpretación de Renán Silva[5], ubicando este episodio en un ambiente de indisciplina colegial, resultante de las reformas ilustradas. El autor añade que a Rosillo se le castigó con el cepo, pero no da la fuente.
 

Rosillo, en la pinacoteca del Museo institucional.

 

[1] Ahora entendemos el “culto pelo” del oficio del arzobispo.

[2] “En conformidad de lo prevenido en la constitucion 30 de las viejas que dice asi: Mandamus etiam quod in cultu ipso, ornatuque corporis Collegiales praecipuam habeant honestatis, modestiaeque rationem, nec sericas, aut alioqui curiosas vestes etiam interiores gestent ejusve coloris, qualitatis, aut formae quae Clericis à Jure, vel consuetudine prohiventur”. En 1853, el Dr. Salazar tradujo así la constitución salmantina: “Mandamos tambien que en el cuidado mismo i adorno del cuerpo los colegiales tengan principalmente en mira la honestidad i la modestia, i no usen ropas de seda o por otro motivo lujosas ni aun interiormente, o de aquel color, calidad o forma que están prohibidas a los Clérigos por el derecho o por la costumbre”. Traduccion de la parte de las Constituciones del Colejio Mayor de Salamanca que no habia sido puesta en español antes del año de 1853 etc. AHUR, vitrina n. 7.

[3] Historia extensa de Colombia. Volumen XIII. Historia eclesiástica, tomo 4. El clero y la independencia en Santafé 1810-1815. Roberto M. Tisnés. Bogotá: Lerner, 1971.

[4] Guillermo Hernández de Alba, Crónica del muy ilustre Colegio de Nuestra Señora del Rosario en Santa Fe de Bogotá. Libro segundo. Bogotá: Centro, 1940.

[5] Saber, cultura y sociedad en el Nuevo Reino de Granada, siglos XVII y XVIII. Medellín: La Carreta, 2004; pp. 188-9.