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¿Venezuela en la CPI?

Mauricio Jaramillo Jassir

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Mauricio Jaramillo Jassir[1]

Llevar el caso de Venezuela ante la Corte Penal Internacional, se ha convertido en la nueva misión de Luis Almagro Secretario General de la Organización de Estados Americanos. Por eso desde finales de julio, anunció que designaría a Luis Moreno Ocampo, ex fiscal de dicha corte como asesor especial para ahondar en ese eventual camino. En el pasado, Moreno Ocampo fue determinante para la orden de arresto contra el presidente sudanés Omar al Bashir por los crímenes cometidos en Darfur, en una cadena de hechos que previamente Estados Unidos y el Secretario general de Naciones Unidas de ese entonces, Kofi Annan, habían declarado como genocidio. 

Entre 2004 y 2009, se dio un duro debate en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sobre la forma en que se debía reaccionar, para detener una tragedia humanitaria con visos que recordaban el desastre de Srebrenica en 1995. Sin embargo, la falta de consenso frenó cualquier posibilidad de presionar desde afuera una salida a la debacle.

Precisamente, el Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional, buscaba erigirse como un esfuerzo por evitar que políticos amparados en su condición, muchas veces con el beneplácito de los sistemas legales nacionales, evitaran el peso de la justicia. Desde 2002 entró en vigencia para juzgar crímenes de guerra, de lesa humanidad, así como la tortura y la agresión.  Se trata de un órgano subsidiario que solo se activa en caso de que la justicia nacional, haya demostrado incapacidad para actuar.

A pesar del loable esfuerzo de la Corte desde ese entonces, varias polémicas que reflejan el estado del mundo, han deslegitimando su acción. Parecería, con excepción de Georgia, solo llevar procesos en el África Subsahariana (República Democrática del Congo, Darfur, República Centroafricana, Kenia, Costa de Marfil, Uganda, Malí) fijación que comprobaría que solo en los países del sur global, los responsables de esos delitos serían cobijados por su jurisdicción ¿Resultaría viable juzgar por crímenes de guerra a George Bush y Tony Blair por lo sucedido en Irak, tal como lo propuso el nobel de paz surafricano Desmond Tutu? ¿Está en capacidad algún fiscal de la CPI de llevar ante ese tribunal a Benjamín Netanyahu o algún funcionario israelí por los crímenes de guerra en Gaza en 2014? Las respuestas desnudan una realidad crítica sobre el carácter selectivo de la justicia penal internacional.  Parece un lugar común, pero por repetido, no deja de ser pertinente.

En Venezuela es necesario aclarar la comisión de delitos graves, especialmente si se comprueba la especulación, que las mismas siguen un patrón sistemático ordenado por el Estado y no se limitan a hechos aislados. Esto podría ser adjudicable a la oposición a quien el gobierno ha acusado desde hace varios años, de acudir a la violencia para hacer presión. Es más, el oficialismo ha insistido en varias oportunidades que la Mesa de Unidad Democrática (MUD) sería responsable de más delitos en lo que ha denominado como la violencia de las guarimbas (barriacadas). 

Incuestionablemente, se puede decir que el gobierno ha hecho inviable cualquier posibilidad de investigar los abusos cometidos por la fuerza pública y por los denominados colectivos. En la primera, es evidente que desde el Estado se ha dirigido una campaña de intimidación, y en los segundos, la situación es más grave aún, pues no se sabe con certeza si existe unidad de mando. Dicho de otro modo, abundan las dudas sobre si Nicolás Maduro puede controlar a los colectivos, o si se trata de fuerzas paralelas al Estado que se salieron de cauce, por la nefasta aplicación de la idea de contar con una milicia que defendiera al régimen en escenarios, como el que produjo la salida cortísima de Hugo Chávez del poder, el 11 de abril de 2002. 

Sede de la CPI en La Haya

Foto: Sede de la CPI en La Haya, De Hypergio - Trabajo propio, CC BY-SA 4.0

A estas torpezas se suma el intento por establecer una comisión de la verdad en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente. Craso error pues sólo puede haber una comisión de este tipo, cuando se ha transitado por un escenario previo de negociación para desactivar un aparato represivo o cuando se deponen las armas entre las partes. Hacerlo de una manera unilateral contradice el espíritu de comisiones de ese tipo. En abril de 2016, ya había tramitado un intento similar, que tampoco consiguió los objetivos aunque en ese entonces había una institucionalidad menos golpeada. El momento actual no puede ser peor para tal instalación.
Administrar justicia por la comisión de graves delitos debería ser una de las tareas fundamentales en una eventual y cada vez más necesaria transición venezolana hacia un nuevo modelo democrático, o hacia la recuperación del sistema erigido desde 1999 como resultado de la entonces incipiente Revolución Bolivariana. Hacerlo desde la OEA, como lo propone Almagro con el apoyo determinante de Moreno Ocampo solo deslegitimará aún más a la CPI.

Con este escenario, Nicolás Maduro evocará razones conspirativas, sin que se llegue al fondo del problema, cuya sustancia es política y de prosperar la iniciativa de Almagro y Moreno Ocampo, se cerrará otra oportunidad para el urgente y necesario diálogo. En el pasado reciente, se ha demostrado que incluso mandatarios acusados por la CPI como Omar Al Bashir o Uhuru Kenyatta (aunque la Corte desistió de su proceso en 2014) salieron fortalecidos regionalmente y sin que aquello redundara en una justicia efectiva. En una eventual transición como la mencionada, deberán ser juzgados aquellos abusos cometidos en estos años nefastos para la democracia en Venezuela. 

 

[1] Profesor de la Facultad de Ciencia Política y Gobierno de la Universidad del Rosario @mauricio181212