Es un mecanismo a través del cual se otorga un beneficio en dinero a aquellos miembros de la Comunidad Rosarista (estudiantes de pregrado y/o posgrado, egresados, profesores y funcionarios) que promocionen los
distintos programas de POSGRADO que ofrece la universidad (no aplica para nivelatorios, doctorados, especializaciones Médico Quirúrgicas, Educación Continua, programas en extensión ni convenios comerciales)
ofrecidos a profesionales que no sean miembros de la comunidad.
Consiste en un título nominativo transferible, no fraccionable, con valor nominal vigente para el año en curso de quinientos mil pesos m/cte ($500.000), el cual podrá ser utilizado como medio de pago para
cualquier producto o servicio de la Universidad. El Bono Referido tiene vigencia de un (1) año a partir de la fecha de expedición.
Tema |
Solicitud y lineamientos |
Validación |
Bono
Referido
Posgrados
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SÍ |
NO |
Aplica |
Estudiante de posgrado Actual refiere a aspirante no
Rosaristas a Posgrado
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x |
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Egresado de posgrado refiere a aspirante no Rosaristas a
Posgrados
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x |
|
No
aplica
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Estudiante de posgrado Actual refiere a aspirante no Rosaristas a
Posgrados
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x |
Egresado de posgrado refiere no Rosaristas a
Posgrados
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x |
Funcionarios de la UR refiere aspirante no Rosaristas a
Posgrados (aplica excepciones)
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x |
Condiciones para aplicar el bono
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Los referidos deben ser presentados por el miembro de la comunidad Rosarista en el periodo de inscripciones establecido en el Calendario de Admisiones de cada programa al que se esté presentando el referido,
comprendido entre la apertura y cierre de inscripciones, y es válido únicamente para dicho periodo.
- El Bono será efectivo solamente si el referido se matricula en un programa de posgrado.
- El Bono podrá ser redimido para el pago de los derechos de grado, matrícula en programas de pregrado, posgrado, formación continua o productos y servicios de la Universidad.
- La vigencia del Bono es hasta de doce (12) meses a partir de la fecha de expedición.
- Si el referido se matricula en un programa de posgrado diferente al registrado en el cupón, este se reconocerá.
- Si el referido es presentado por dos o más beneficiarios, será el referido quien decida a cuál beneficiario se le otorga el Bono.
- El Bono por referido podrá ser transferible a terceros siempre y cuando este sea diferente al referido, mediante solicitud directa del beneficiario al área de Apoyo Financiero.
- El Bono no es fraccionable y de utilizarse por un menor valor, no se reembolsa la diferencia.
-
El Bono por referido no aplica para presentar referidos a doctorados, especializaciones Médico Quirúrgicas, Educación Continua, programas de posgrados en extensión, convenio comercial o ciclo nivelatorio.
-
Si los datos en el cupón presentan inconsistencias en los datos del referido, se le notificará al miembro de la comunidad Rosarista con la mayor brevedad, con el fin de hacer las correcciones respectivas y
proceder a la validación de la información en los tiempos establecidos.
- De no establecer contacto con el referido, el cupón se invalidará.
-
El referido no podrá ser presentado cuando tenga historia académica o vínculo laboral con la Universidad, cuando haga parte de un convenio empresarial, cuando aplique a doctorado, especializaciones Médico
Quirúrgicas, programas de Extensión o Educación Continua y cuando la presentación se realice fuera de fechas establecidas en el calendario de admisión para cada periodo y programa al que se esté presentando
el referido.
-
Se exceptúa como beneficiario a los colaboradores que pertenecen a la Dirección de Marketing, directores y coordinadores de programas de posgrados y colaboradores de las secretarías académicas de las
facultades y escuelas.
- La vigencia del Bono estará sujeta a las condiciones definidas en los procesos de admisión de la Universidad del Rosario.
Activación del bono
Para activar el bono registra aquí tu referido o comunícate con:
Casa UR:
Bogotá (571) 297 0200 Opción 3 | Opción 1
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