Pasar al contenido principal

INFORMACIÓN GENERAL

 

El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico brinda el servicio gratuito de conciliación para personas que no pueden asumir el costo de una audiencia ante un Centro de Conciliación privado, avalado en su función como entidad por la Universidad del Rosario y el Ministerio de Justicia y del Derecho.

La conciliación es un mecanismo diferente a la administración de justicia ordinaria, el cual procura que las personas involucradas en un conflicto logren mediante el diálogo dirigido por el conciliador un acuerdo satisfactorio para ambos, lo que la convierte en un mecanismo ágil y económico en términos de tiempo y dinero.

Los acuerdos logrados ante un Centro de Conciliación tienen efectos plenos ante la ley, similares a una sentencia judicial, es decir que lo conciliado no podrá discutirse posteriormente ante ninguna autoridad administrativa ni judicial (Cosa Juzgada) y el cumplimiento de las obligaciones adquiridas podrá ser exigido mediante un proceso ejecutivo (Mérito Ejecutivo).

¿Cómo puedo realizar la solicitud?

La solicitud de conciliación podrá realizarse de manera virtual a través del correo electrónico del Centro de Conciliación ( centro.conciliacion@urosario.edu.co). Esta solicitud deberá contener en forma breve y clara los hechos, pretensiones y cuantía cuando el asunto es de tipo económico; Los datos personales y las direcciones de las partes convocantes y convocados y las pruebas que se consideren necesarias para el caso determinado. Usted podrá descargar y diligenciar el formato “solicitud de audiencia de conciliación ”.
 

CENTRO DE CONCILIACIÓN

PREGUNTAS GENERALES

Usted puede convocar la celebración de una Audiencia de Conciliación en el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario para llegar a un acuerdo directo con el arrendatario sobre los cánones de arrendamientos adeudados y además solicitarle la terminación del contrato con la correspondiente restitución del inmueble por el incumplimiento en el pago de los cánones de arrendamiento. Tenga en cuenta que si le incumplen con la entrega del inmueble arrendado, el artículo 144 de la Ley 2220 de 2022, le permite llevar a cabo la restitución del inmueble sin necesidad de un proceso judicial complejo.

Usted puede convocar la celebración de una Audiencia de Conciliación en el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario para llegar a un acuerdo directo con el deudor de la suma de dinero prestada. Si llegan a un acuerdo se levanta un Acta de Conciliación que tiene los mismos efectos que una Sentencia Judicial, esto quiere decir que hace tránsito a cosa Juzgada. (Sobre el asunto no se podrá volver a discutir) y presta mérito ejecutivo (Con la copia del Acta de Conciliación podrá iniciar el proceso respectivo ante el Juez competente, llegado el caso en que se incumpla el acuerdo conciliatorio).

Usted puede convocar la celebración de una Audiencia de Conciliación en el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario para llegar a un acuerdo directo con el padre o madre de su hijo sobre el monto de la cuota alimentaria y la forma de pago de la misma. Si llegan a un acuerdo, se levanta un Acta de Conciliación que tiene los mismos efectos que una Sentencia Judicial, esto quiere decir que hace tránsito a cosa Juzgada (En materia de alimentos si cambian las circunstancias económicas de las partes y/o necesidades del menor, se puede volver a regular la cuota alimentaria mediante un acuerdo directo u otra Audiencia de Conciliación) y presta mérito ejecutivo (Con la copia de Acta de Conciliación podrá iniciar el proceso respectivo ante el Juez competente, llegado el caso en que se incumpla el acuerdo conciliatorio).

Tenga en cuenta que a través de la Conciliación puede resolver cualquier controversia que se presente respecto de los alimentos a favor de menores o mayores de edad (Aumento, Exoneración, Disminución, Regulación, Ofrecimiento y Fijación).

De acuerdo con la normatividad vigente, usted puede disolver y liquidar su Sociedad Conyugal, mediante la celebración de una Audiencia de Conciliación, en donde si se llega a un acuerdo se levanta un Acta de Conciliación que tiene los mismos efectos que una Sentencia Judicial, esto quiere decir que hace tránsito a cosa Juzgada ( Sobre el asunto no se podrá volver a discutir) y presta mérito ejecutivo ( Con la copia del Acta de Conciliación podrá iniciar el proceso respectivo ante el Juez competente, llegado el caso en que se incumpla el acuerdo conciliatorio).

Si la Sociedad Conyugal se encontraba conformada por bienes inmuebles, con la copia auténtica del acta debe hacer los registros correspondientes ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos dentro de los dos meses siguientes a suscribir el Acta de Conciliación, sin necesidad de elevar el acuerdo a escritura pública (Ley 2220 de 2022)..

El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, de conformidad con la ley vigente Únicamente puede conciliar asuntos en materia civil, comercial, penal y familia.

Las conciliaciones en materia laboral únicamente las pueden realizar: Inspectores del Trabajo y Jueces Laborales. Las conciliaciones en materia administrativa únicamente las pueden realizar: Los procuradores delegados ante el Contencioso Administrativo.

SiLa Ley 979 de 2005, articulo segundo, permite que las Uniones Maritales de Hecho se puedan declarar mediante Acta de Conciliación, la cual tiene los mismos efectos que una Sentencia Judicial, esto quiere decir que hace tránsito a cosa Juzgada ( Sobre el asunto no se podrá volver a discutir).
 
Teniendo en cuenta la Sentencia C-075 de 2007, se pueden declarar las Uniones Maritales de Hecho entre personas del mismo sexo.

Si, el artículo 69 de la Ley 2220 de 2022, establece como requisito de procedibilidad el agotamiento de la Conciliación para poder iniciar los procesos de Exoneración, Aumento, Disminución de Cuota Alimentaria, Custodia o Régimen de Visitas. El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario es competente para conocer de éstos asuntos.

Adicionalmente de conformidad con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 2220 del 2022“…Las partes deberán asistir personalmente a la audiencia de conciliación y podrán hacerlo junto con su apoderado. Con todo, en aquellos eventos en los que el domicilio de alguna de las partes no esté en el municipio del lugar donde se vaya a celebrar la audiencia o alguna de ellas se encuentre por fuera del territorio nacional, la audiencia de conciliación podrá celebrarse con la comparecencia de su apoderado debidamente facultado para conciliar, aun sin la asistencia de su representado…”.

La conciliación es un método por el cual las partes que se encuentran inmersas en un conflicto, buscan soluciones al mismo en compañía de un tercero imparcial y neutral, evitando de esta manera acudir ante un juez y esperar un tiempo mucho mayor para la resolución del conflicto en el cual se encuentran.

En el caso de ser convocado a una audiencia de conciliación extrajudicial (fuera de un proceso judicial) es probable que no exista un proceso en curso o, en el caso de que exista, quien convoca a la misma desea terminar el proceso mediante este mecanismo.

No, el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario presta un servicio gratuito a la comunidad y por su naturaleza, está dirigido a prestar sus servicios a personas de escasos recursos económicos.

Una vez se radica la solicitud de conciliación, se procederá a evaluar su viabilidad y una vez aprobada,  se informará la fecha y hora para la celebración de la audiencia dentro de los quince (10) días hábiles siguientes a dicha aprobación.

  1. Evita acudir ante un juez para que este resuelva la controversia
  2. Son las mismas partes que deciden como resolver la controversia en la que se encuentran
  3. Ahorrara tiempo y costos al no tener que acudir a un despacho judicial
  4. El acuerdo al que lleguen las partes tiene los mismos efectos que una sentencia
  5.  Siempre se garantiza a las partes expresar su situación ante el conflicto en igualdad de condiciones.

Sí, tenga en cuenta que la Ley 2220 de 2022 permite realizar las audiencias de conciliación de forma virtual, por lo cual puede presentar una solicitud de audiencia de conciliación desde cualquier lugar del país.

Al correo electrónico del Centro de Conciliación (centro.conciliacion@urosario.edu.co) deberá presentar el documento solicitud de audiencia de conciliación diligenciado, copia de la cédula de ciudadanía y copia del servicio público donde conste el estrato social de la persona que solicita la audiencia conciliación, así como las pruebas que considere pertinentes aportar.

Tenga en cuenta que si se trata de asuntos de familia relacionados con custodia, alimentos o visitas, deberá aportar el registro civil de nacimiento de la persona en favor de quien se pretende la regulación.