El Centro de Conciliación es competente para conocer de todos los asuntos transigibles, desistibles y conciliables, en las siguientes áreas del derecho:
Área de familia: Fijación, disminución, aumento, revisión o exoneración de cuota alimentaria; Controversias sobre la custodia y cuidado personal; Régimen de visitas sobre menores e incapaces; Separación de bienes, disolución y liquidación de la sociedad conyugal; Declaración de la existencia de la unión marital de hecho, su disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial.
Área de Civil: Entrega real y material del bien inmueble; Restitución de inmueble arrendado para vivienda urbana, terminación del contrato de arrendamiento, pago de cánones de arrendamiento y servicios públicos domiciliarios; Pago de sumas de dinero adeudadas (constituidos en letras de cambio, cheque, pagaré, etc); Creación del título ejecutivo; Elaboración de contratos; Resolución y/o cumplimiento de contrato de compraventa de bienes muebles e inmuebles, permuta, mutuo e indemnización de daños y perjuicios por el incumplimiento; Acuerdo sobre el traspaso de vehículo automotor; Indemnización de daños y perjuicios, responsabilidad civil contractual y extracontractual; Incumplimiento de contrato de obra, suministro, compraventa entre otros.
Área de Derecho Comercial: Reclamación del Consumidor, Reclamación de garantías cuando Usted es consumidor de un bien o servicio, incremento de arrendamiento de local comercial; Obligaciones contenidas en los títulos valores entre otros.
Área de derecho Penal: Los delitos querellables establecidos en el artículo 522 de la Ley 906 de 2004 señalados en el Código Penal contra el patrimonio económico.
¿Quiénes pueden Acceder al servicio?
El servicio únicamente se presta para personas que residan en áreas especialmente definidas oficialmente como estratos uno, dos y tres Y de escasos recursos económicos de conformidad con las disposiciones legales establecidas.
Los estudiantes podrán actuar como conciliadores en asuntos de competencia de los miembros activos de Consultorio Jurídico (asuntos que no superen los 40 salarios mínimos mensuales legales vigentes).
Excepcionalmente, siempre y cuando se cumpla con el perfil de usuario del Consultorio Jurídico y sea para fines académicos, se tramitan asuntos mayores a 40 salarios mínimos mensuales legales vigentes, los cuales serán conciliados exclusivamente por un Abogado titulado y Conciliador que sea tutor del Centro de Conciliación.