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Observatorio

Legislativo

Espacios para reflexionar sobre temas de coyuntura nacional

BOLETÍN ELECTORAL – ELECCIONES LEGISLATIVAS Y CONSULTAS INTERPARTIDISTAS 2022

Desde el Observatorio Legislativo de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario y la Fundación Hanns Seidel, presentamos el Boletín Electoral – Elecciones Legislativas y Consulta Interpartidista 2022, en donde podrán encontrar toda la información relacionada con las elecciones al Congreso de la República para el período 2022-2026 y las Consultas Interpartidistas que se llevarán a cabo el próximo domingo 13 de marzo de 2022. 

Convencidos de que parte del ejercicio democrático se basa en la práctica del ejercicio al voto de manera consciente, responsable, libre e informada, en este Boletín podrán encontrar todas las herramientas para que los comicios sean un verdadero espacio de participación y fortalecimiento de la democracia en Colombia.
En el Boletín Electoral podrán encontrar la información que los ciudadanos deben conocer y tener en cuenta a la hora de asistir a los puestos de votación y ejercer su derecho al voto:

  • hora y proceso de las votaciones.
  • Autoridades que se elegirán.
  • Tarjetones y forma de votar
  • Preguntas frecuentes sobre el proceso electoral

Es muy importante saber que los colombianos en estas elecciones elegirán: integrantes del Congreso de la República (Representantes a la Cámara y Senadores) y de manera opcional, votarán para escoger a los candidatos presidenciales de las diferentes coaliciones políticas que se han conformado, a través de una Consulta Interpartidista.
Esperamos sea un material pedagógico que absuelva dudas y brinde claridad para participar activamente en el espacio más importante de una democracia: las elecciones populares. Cualquier inquietud puede escribirse a: o.legislativo@urosario.edu.co

 


 
¡Esperamos esta información sea de su interés y utilidad!
Cordialmente,
MARIA LUCÍA TORRES VILLARREAL
Directora Observatorio Legislativo

  1. Preguntas frecuentes

    1. ¿Cómo se vota válidamente por Senadores y/o Representantes a la Cámara? 

Para votar al Senado y/o la Cámara de Representantes debe tener en cuenta, en primer lugar, si su partido o movimiento político optó por el voto preferente (lista abierta) ó por el voto no preferente (lista cerrada). 
 
Para ejercer su derecho al voto de manera adecuada, el votante podrá escoger solamente un candidato para Senado y un candidato para Cámara y así evitará que el voto sea nulo.
 
Si el candidato de preferencia se encuentra en unalista abierta, el votante deberá marcar el logo del partido o el movimiento político y luego marcar el número del candidato de su preferencia. 
 
Si el candidato de preferencia se encuentra en unalista cerrada, el votante solo deberá marcar el logo del partido que representa el candidato.
 
El votante siempre deberá marcar la casilla del partido o del candidato sin salirse de la casilla, para que quede clara su intención de voto y éste sea válido.  
 
Si el votante no tiene ningún partido o movimiento político ni candidato de preferencia, puede marcar la casilla delvoto en blanco. Es válido y se contabiliza como cualquier otro voto.
 

  1. ¿Qué son las listas abiertas o el voto preferente?

La lista abierta de un partido o movimiento político es un grupo de aspirantes que se escogen de manera independiente, es decir, que se vota por el candidato que representará a su partido dentro de la cámara de Representantes o dentro del Senado.
 

  1.  ¿Qué son las listas cerradas o voto no preferente?

La lista cerrada de un partido o movimiento político es un grupo de aspirantes que se escogen en conjunto, es decir que se vota solo por la plataforma política y después del escrutinio de votos, las curules se asignan en el orden de inscripción de los candidatos dentro de la lista cerrada.

  1. ¿Cómo saber si el partido y/o candidato de preferencia pertenece a una lista abierta o cerrada?

Debajo de cada uno de los logosímbolos de los partidos o movimientos políticos pubicados en el tarjetón, dice si se trata de una lista preferente o no preferente. De igual manera, usted puede consultar esa información directamente en el partido o movimiento de su interés, previamente a las elecciones.

  1. ¿Qué pasa si el votante se equivoca al marcar la tarjetón electoral?

El votante deberá devolver la tarjeta electoral mal diligenciada y verificar que el jurado la anule.

  1. ¿Cómo se vota válidamente por la Consulta Interpartidista?

Teniendo en cuenta que la Consulta Interpartidista no es obligatoria, si el deseo del ciudadano es votar por ésta,deberá solicitarle al jurado de votación solamente un tarjetón entre los 3 que se encuentran en elecciones; este tarjetón deberá corresponder a la Coalición de su preferencia. Votar en este tarjetón es más sencillo, el votante solo deberá marcar sobre la casilla del candidato (solo uno) de tu preferencia, sin salirse del recuadro.

  1. ¿Cómo marcar el tarjetón?

Cuando el ciudadano elige votar por una lista cerrada (no preferente), solo deberá hacer una marcación sobre el logo del partido.
;
Cuando el ciudadano elige votar por una lista abierta (preferente), deberá hacer una marcación en el logo del partido y en el número del candidato de su elección; de igual manera es valido marcar solo por el partido y este voto no se le contará a ningún candidato.

  1. VOTOS VÁLIDOS 
  1. VOTOS VÁLIDOS PARA UN PARTIDO O MOVIMIENTO POLÍTICO:  

1.Cuando la marca que hace el elector no define con claridad el candidato de su preferencia, pero está en la zona de marcación de un único partido o movimiento político.

2. Cuando el elector marca dos o más candidatos de una misma lista, sin marcar el logo del partido o movimiento político. En este caso el voto no va ningún candidato, pero si se cuenta a favor del partido o movimiento político.

3. Cuando la marca que hace el elector aparece sobre el logo de un partido o movimiento político.

4. Cuando el elector marca dentro de la zona de marcación del partido (así no marque el logo del partido o el número de un candidato especifico).
 

Cuando el elector marca el logo de un partido o movimiento político, además de hacer una marcación en la zona de marcación respectiva del partido o movimiento político.
 

ii. VOTOS VÁLIDOS PARA UN CANDIDATO: 

1. Cuando la marca que hace el elector está sobre el número de un candidato de un solo partido o movimiento político, sin que se haya marcado el logo del partido.
 

2. Cuando el elector marca el logo de un partido o movimiento político, y también marca el número de un candidato del mismo partido o movimiento.
 

iii. VOTOS VALIDOS PARA EL VOTO EN BLANCO: 

1. En aquellos eventos en los que la marca hecha por el elector se ubique sobre la casilla denominada “voto en blanco” o sobre la zona de marcación del voto en blanco. 
 

 


 

b. VOTOS NULOS  

1. Cuando la marca o marcas realizadas por el votante no definen claramente su intención de voto por un partido o movimiento político. 
 

2. Cuando los electores marcan dos o más partidos o movimientos políticos, bien sea en sus logos y/o en la lista de candidatos. 
 

3. Cuando los electores marcan un partido o movimiento político y la casilla “voto en blanco
 

4. Cuando el elector marca el logo de un partido y el número de un candidato de otro partido o movimiento. 
 

5. Cuando el elector marca más de una casilla en el caso de las circunscripciones especiales. 
 

 

Congreso de la República

El Congreso de la República es el órgano representante del poder legislativo en Colombia, el cual se encarga de hacer las leyes, tramitar las modificaciones a la Constitución nuestro país y hacer control político sobre el gobierno que se encuentre en turno.

El Congreso se encuentra ubicado en el Capitolio Nacional en la Plaza de Bolívar, en Bogotá. Este órgano está compuesto por el Senado y la Cámara de Representantes y lo conforman Congresistas.
 
Dentro de Congreso, se crean y debaten proyectos de ley sobre diversos temas, los cuales son aprobados por mayoría, para luego ser firmados por el presidente de la República para que se vuelvan leyes; así mismo se realizan audiencias públicas temáticas y debates de control político a funcionarios del Gobierno.  
 

  1. Senado de la República

Los senadores son electos por circunscripción nacional, eso quiere decir que representan  en el Congreso a todo el país y no a una sola región o departamento.
También existe una Circunscripción Indígena, la cual corresponde a la representación en el Congreso de las comunidades indígenas de Colombia.
 
Son 108 curules en el Senado, los cuales serán escogidos el próximo 13 de marzo de 2022; de estos, 2 corresponden a la Circunscripción Indígena, 5 al partido FARC (derivado de los Acuerdos de Paz) y 1 al candidato a presidencia que no fue electo en las votaciones del 2022 pero que por votos quedó de segundo después del electo.

  1. Cámara de Representantes:

Los Representantes a las Cámara son electos por circunscripción territorial, es decir, que se eligen en representación de los diferentes Departamentos del país y el Distrito Capital, (siendo Bogotá la única ciudad que tiene representantes, el resto es a nivel departamental).
 
Son 188 curules en la Cámara de Representantes que serán escogidos el próximo 13 de marzo de 2022; de estos, 16 corresponden a las nuevas Circunscripciones Especiales para la Paz, 2 a representantes de Colombianos en el exterior, 1 a representante de grupos indígenas, 1 al candidato a vicepresidencia que no fue electo en las votaciones  del 2022 pero que por votos quedó de segundo después del electo, 1 al representante de comunidades afrodescendientes y 5 al partido FARC.
 

Consulta Interpartidista

Es un mecanismo de participación democrática, en la cual los partidos y /o movimientos políticos con personería jurídica consultan a los ciudadanos para escoger entre sus aspirantes, a un solo candidato a la Presidencia de la República. Esta votación no es obligatoria y por esto cada votante tendrá la facultad de elegir si desea o no votar en la Consulta.
 
El 13 de marzo los ciudadanos podrán participar en las consultas interpartidistas, donde varios precandidatos a la Presidencia de la República buscarán ser electos como representantes de las coaliciones partidistas, para la primera vuelta presidencial, la cual se llevará a cabo el próximo 29 de mayo. Por lo tanto, en la misma mesa de votaciónlos ciudadanos podrán solicitar a los jurados de votación que hagan entrega del tarjetónde una de las 3 consultasque se harán este día, de acuerdo con su preferencia.

Para las elecciones legislativas del 2022 se encuentran mas de 2000 aspirantes al Congreso de la República, tanto para el Senado como para la Cámara y 15 precandidatos presidenciales; es por esto que resulta necesario que cada votante tenga claro claro el voto antes de acercarse a los puestos de votación. Todos los aspirantes se pueden encontrar en los cuadernillos de la Registraduría, que se encuentran en las siguientes páginas.

1. https://tarjetaselectorales.registraduria.gov.co/
2. https://eleccioncolombia.registraduria.gov.co/ElectoralCandidatesCongress

Para atender sus dudas y/o ampliar la información que requiera, puede escribir a: o.legislativo@urosario.edu.co
O visitar la página oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil:
http://www.registraduria.gov.co/ o https://eleccioncolombia.registraduria.gov.co/Home

¡¡LA DEMOCRACIA ES RESPONSABILIDAD DE TODOS!! LOS INVITAMOS A EJERCER EL DERECHO AL VOTO DE MANERA INFORMADA, CONSIENTE Y LIBRE.

Fecha y hora

Las elecciones al Congreso de la República se llevarán a cabo el próximodomingo 13 de marzo de 2022.

Las votacionesiniciarán desde las 8:00 am hasta las 4:00 pm, hora en la cual se cerrarán las urnas de votación.

Si a las 4:00 pm hay ciudadanos haciendo fila, estos no podrán votar. Sólo pueden hacerlo aquellos ciudadanos que a las 4:00 pm ya hayan entregado su cédula de ciudadanía al jurado de votación en el puesto de votación correspondiente.

Asistencia a los puestos de votación

  1. ¿En donde votar?

Los puestos de votación fueron asignados por la Registraduría Nacional de acuerdo con el último lugar en el cual cada persona votó, en donde registró e inscribió su cédula o en donde se expidió su cédula de ciudadanía.
 
El puesto en el cual cada persona deber vota puede ser consultado desde antes del día de las elecciones en la página oficial de la Registraduría Nacional, de la siguiente manera:
 

  1. Ingresar a la página: https://eleccioncolombia.registraduria.gov.co/
  2. Dar clic en ‘Lugar de Votación’
  3. Digitar documento de identidad y dar clic en ‘Continuar’
  4. Aparecerá la dirección, el nombre del puesto y el número de la mesa a la cual cada persona deberá acercarse el día de las elecciones.

 

  1. ¿Cualquier persona en Bogotá puede votar en Corferias?

No, en Corferias solamente podrán acercarse a votar aquellos ciudadanos que tienen cédula de ciudadanía expedida en Bogotá entre enero de 1988 y marzo de 2003 y que nunca inscribieron su cédula en ningún puesto de votación.
 

  1. ¿Qué llevar el día de la votación?

El día de las elecciones cada persona deberá asistir al puesto de votación solamente con su documento de identidad, el cual deberá entregar en su mesa de votación, en donde le enterregarán los correspondientes tarjetones.
 
No es necesario asistir con un bolígrafo para marcar su voto, en las mesas de votación le proveerán un;, sin embargo, si la persona desea llevar su propio bolígrafo, puede hacerlo.
 
 

  1. Prohibiciones para el día de las votaciones:

    1. Asistir con acompañante al cubículo si no cuenta con las siguientes condiciones:

      1. Ciudadanos que padecen una situación de discapacidad o dolencias físicas, que les impidan acudir a la mesa de votación por sí mismos, pueden ejercer el derecho al voto acompañados por otra persona, quien podrá ir con ellos hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto al voto.
      2. Ciudadanos mayores de 80 años, o quienes padecen problemas avanzados de visión, pueden acceder a este beneficio.

 

  1. Ingresar a los puestos de votación con elementos alusivos a partidos políticos y candidatos de preferencia; la ley prohíbe toda clase de propaganda política y electoral el día de las elecciones en los puestos de votación. El elector podrá portar en un ligar no visible, solamente un (1) elemento de ayuda, con el fin de identificar el partido, movimiento, grupo o candidato por quién votará, este elemento deberá tener una medida máxima de 10 centímetros por 5.5 centímetros.

 

  1. Usar aparatos electrónicos en las mesas y cubículos de votación; con el fin de evitar posibles fraudes electorales, los votantes podrán ingresar aparatos electrónicos, pero estos deben estar apagados y cada votante debe abstenerse de usarlo.

 
 

¿Quienes votan?

Pueden votar todos los colombianos mayores de edad que cuenten con sucédula de ciudadanía, excepto quienes tengan una restricción en sus derechos políticos en virtud de una decisión judicial. 
 

Votación en el exterior

Los colombianos que residan en el exterior y estén registrados en el censo electoral de colombianos en el exterior, podrán ejercer su derecho al voto en estas elecciones; las votaciones en el exterior iniciarán el lunes 7 de marzo hasta el domingo 13 de marzo.
Los puestos de votación en el exterior se encuentran distribuidos en consulados y embajadas; cada persona deberá acercarse al lugar en el cual se encuentra inscrita su cédula de identidad.
 
Cada colombiano en el exterior podrá revisar los puestos de votación habilitados para las elecciones del Congreso de la República y Consulta Interpartidista 2022 en el siguiente enlace:https://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/cancilleria-informa-colombianos-exterior-puestos-votacion-disponibles-elecciones-2022
 
De igual manera, los residentes en el exterior podrán consultar su puesto de votación con los siguientes pasos:
 

  1. Ingresar a la página: https://eleccioncolombia.registraduria.gov.co/
  2. Dar clic en ‘Lugar de Votación’
  3. Digitar documento de identidad y dar clic en ‘Continuar’
  4. Aparecerá la dirección, el nombre del puesto y el número de la mesa a la cual cada persona deberá acercarse el día de las elecciones.

 

Jurados de votación

  1. ¿Quién es jurado de votación?

Los jurados de votación fueron designados por la Registraduría Nacional desde el pasado 13 de febrero; cada persona deberá seguir estos pasos para saber si fue designado como jurado:

  1. Ingresar al siguiente enlace https://infovotantescongreso.registraduria.gov.co/
  2. Seleccionar la opción ‘Jurado de Votación’ e ingresar el número de documento de identidad.
  3. Aparecerá si el ciudadano fue o no designado como jurado de votación.

 

  1. ¿Qué hace el jurado de votación?

Los jurados de votación cumplen un papel muy importante a lo largo de las jornadas de votación y en el cumplimiento de los principios democráticos de Colombia.
 
Para las elecciones legislativas del 13 de marzo fueron designados 727.823 jurados de votación, los cuales se eligieron por medio de un sistema de selección establecido por la Registraduría Nacional. Las personas asignadas como jurados de votación, deberán asistir de manera obligatoria desde las 7:30 am hasta el conteo del último voto de la mesa.
 
La principal función de los jurados el día de las votaciones es atender a los ciudadanos que desean ejercer el derecho al voto; los jurados se dividen en diferentes cargos (presidente, vicepresidente, vocal y jurados suplentes), cada uno tiene determinadas responsabilidades en la atención a los votantes:

  1. Recibir documentos de identidad de votantes y registrarlos en las planillas de sufragantes de cada mesa.
  2. Entrega de tarjetones.
  3. Entrega de certificados electorales.
  4. Vigilar urnas.
  5. Conteo de todos los votos.
  6. Diligenciamiento de formularios de la Registraduría Nacional.

 

  1. ¿Quiénes se encuentran eximidos para ser jurados de votación?

    1. Todos los ciudadanos que sean menores de 18 años y mayores de 61 años.
    2. Funcionarios de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
    3. Las primeras autoridades civiles en el orden Nacional, Seccional y Municipal
    4. Funcionarios que realizan tareas electorales.
    5. Los miembros de las Fuerzas Armadas.
    6. Los operadores del Ministerio de Comunicaciones, Telecom, Empresas de Teléfonos.
    7. Los funcionarios de la Administración Postal Nacional.
    8. Los miembros directivos de los Directorios Políticos y los Candidatos.

Los candidatos a corporaciones públicas, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad a primero civil.
 

  1. ¿Quién se puede excusar de ser jurado de votación?

Las causales para exonerarse de ser jurado de votación después de haber sido asignados son:

  1. Grave enfermedad del jurado, cónyuge, padre, madre o hijo.
  2. Muerte del jurado, cónyuge, padre, madre o hijo, en los (3) tres días anteriores a los comicios.
  3. No ser residente del lugar designado para ser jurado de votación.
  4. Haberse inscrito en otro municipio de donde designaron a la persona a ser jurado de votación.

Para exonerarse, la persona deberá acercarse a la Registraduría de su localidad o municipio junto con los anexos correspondientes.
 

  1. Sanciones a los jurados de votación

Las personas designadas como jurados de votación que no se presenten a las capacitaciones y no se presenten a la mesa como jurados de votación el día de las elecciones sin justa causa, serán acreedoras de las siguientes sanciones:

  1. Destitución de su cargo como servidor público, si trabaja en este sector; o
  2. una multa de hasta 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

 

  1. Beneficios de ser jurado de votación

Las personas que ejerzan su función como jurado de votación, tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, dentro de los 45 días siguientes a la fecha de las elecciones.

TARJETON PARA VOTAR POR SENADO DE LA REPÚBLICA

i. Circunscripción Nacional y Circunscripción Indígena

El día de las elecciones, para votar por Senado, el jurado solo le entregará un tarjetón el cual corresponderá a la Circunscripción Nacional o a la Circunscripción Indígena y el ciudadano deberá hacer la marcación dentro de las casillas para que este sea válido, tal como se explica en el apartado de votos válidos.

 

 

TARJETÓN PARA VOTAR POR CÁMARA

ii. Circunscripción Territorial, Circunscripción especial comunidades indígenas y Circunscripción de comunidades afrodescendientesEl día de las elecciones, para votar por la Cámara de Representantes,  el jurado solo le entregará un tarjetón el cual corresponderá a la Circunscripción Territorial (este tarjetón cambiará de acuerdo con Departamento en el que se encuentre cada ciudadano), a la Circunscripción de comunidades Indígenas o a la Circunscripción de comunidades afrodescendientes y el ciudadano deberá hacer la marcación dentro de las casillas para que este sea válido.
 
Para la votación a las Circunscripciones transitorias especiales de Paz, solo se podrá solicitar el tarjetón en los 167 municipios de los 19 Departamentos señalados en el Acto Legislativo 02 de 2021.
 

 

 

 

TARJETONES PARA VOTAR POR UNA COALICIÓN EN LA CONSULTA INTERPARTIDISTA

Estos son los tres tarjetones para la consulta interpartidista; el ciudadano que desee votar por esta consulta, solo podrá elegir uno de los tres tarjetones, de acuerdo con su preferencia de coalición y deberá marcar sin salirse de la casilla solo por un aspirante.

En la consulta de la Coalición Centro Esperanza, se escogerá un candidato presidencial único entre:

  • Juan Manuel Galán (Partido Nuevo Liberalismo)
  • Sergio Fajardo (Partido ASI Alianza Social Independiente)
  • Jorge Enrique Robledo (Partido Dignidad)
  • Carlos Amaya (Partido Somos Verde Esperanza)
  • Alejandro Gaviria (Colombia tiene Futuro)

En la consulta de la Coalición Pacto Histórico, se escogerá un candidato presidencial único entre:

  • Gustavo Petro (Partido Colombia Humana)
  • Francia Márquez (Partido Polo Democrático)
  • Camilo Romero (Partido Verdes por el Cambio)
  • Arelis Uriana (Partido MAIS – Movimiento Alternativo Indígena Social)
  • Alfredo Saade (Partido ADA – Alianza Democrática Afrocolombiana)

En la consulta de la Coalición Equipo por Colombia, se escogerá un candidato presidencial único entre:

  • Aydeé Lizarazo (Partido MIRA)
  • Alex Char (Partido País de Oportunidades)
  • David Barguil (Partido Conservador)
  • Enrique Peñalosa (Partido de la U)
  • Fico Gutierrez (Creemos Colombia)

a. ¿Qué es el Voto en Blanco?
El voto en blanco es la opción que brinda el ordenamiento jurídico colombiano en las elecciones, para que los ciudadanos puedan manifestar su inconformidad, abstención o disentimiento el cual tiene efectos jurídicos.
 
El artículo 9 del acto legislativo 01 de 2009 establece que cuando el voto en blanco supere la mayoría absoluta (más del 50%) de los votos válidos en unas elecciones, estas deberán repetirse.

b. ¿Es cierto que el voto en blanco se suma al candidato con la mayor votación?
Es falso. El voto en blanco no se suma al candidato que obtenga la mayor votación en las elecciones. El voto en blanco se contabiliza independientemente, al igual que se hace con los sufragios alcanzados por cada candidato e incluso el voto en blanco, si es mayoría, puede conducir a la repetición de una elección.

c.¿Existen Delitos electorales?Sí existen delitos electorales y los ciudadanos deben tenerlos muy presentes antes de ejercer su derecho al voto, pues tiene sanciones económicas y privativas de la libertas.
 
De acuerdo con la información de la Registradría Nacional del Estad Civil y la Fiscalía General de la Nación, se establece que en el Código Penal Colombiano se encuentran 16 delitos electorales.  

d. ¿Qué diferencia existe entre la tarjeta no marcada y la tarjeta no utilizada?

La tarjeta no marcada es aquella en la cual a pesar de que el ciudadano la pide, no la marca y la deposita en la urna sin haber seleccionado ninguna opción. Por el contrario, la tarjeta no utilizada es aquella que al terminar la jornada queda en poder de los jurados y no fue entregada a los votantes.
La tarjeta no marcada se contabiliza mientras que la no utilizada se destruye.

e¿Si tengo mi cédula inscrita en Medellín puedo votar en Bogotá?

No. Los colombianos pueden votar únicamente en el lugar de votación en el que tienen inscrita su cédula de ciudadanía o en el lugar asignado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en los casos de los ciudadanos que jamás se han inscrito.
 

f. ¿Qué es el certificado electoral?

El certificado electoral es el instrumento público que demuestra la asistencia de los ciudadanos a los puestos de votación, para adquirir los beneficios legales que la ley contempla.

g. Existen beneficios por ejercer el derecho al voto el próximo 13 de marzo?

Sí existen beneficios por ejercer el derecho al voto, son los siguientes:
 

  1. Prelación en caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
  2. Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
  3. Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto.
  4. Los estudiantes de una institución oficial de educación superior, tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula (artículo 1, Ley 815 de 2003).
  5. Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
  6. Derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector.
  7. Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante.

h. ¿Puedo votar con otro documento que no sea la cédula de identidad?
NO, tanto en Colombia como en el exterior, el único documento válido para votar es la cédula de ciudadanía. No son validas las contraseñas de la Cédula de Ciudadanía, el pasaporte o cualquier otro tipo de documento.

i. ¿Qué es el preconteo de votos?
Es el proceso de contabilización de votos realizado por los jurados de votación inmediatamente se cierran las urnas. El preconteo se hace con el fin de informar a la ciudadanía los resultados de la elección el mismo día en que se desarrolla la jornada electoral, por eso carecen de valor jurídico vinculante.

k¿Qué diferencia hay entre el preconteo y el escrutinio?
El preconteo es el proceso que se hace con fines informativos, se realiza en las mesas y con la mayor agilidad posible. El escrutinio es el resultado oficial y con valor jurídico, el cual es realizado por las Comisiones Escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral.