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- A los hijos.
- Al os padres.
- A los abuelos.
- Al cónyuge o compañero permanente.
- A los hermanos.

Comprende los gastos de:
- Vestuario.
- Vivienda.
- Educación.
- Salud.
- Recreación.
- Alimentos.

En afrontar de la mejor manera situaciones estresantes y problemáticas que generan sentimientos y sensaciones negativas, y a su vez llevar de la mano el proceso jurídico con el acompañamiento psicosocial.
Ayuda a la persona a ser más fuerte emocionalmente y empoderarse frente a la situación que está viviendo.

Toda intervención realizada por los profesionales del área psicosocial, está cobijada por el secreto profesional. 
En el Código de procedimiento penal en el art. 385. EXCEPCIONES CONSTITUCIONALES aclara que el juez informará sobre estas excepciones a cualquier persona que vaya a rendir testimonio, quien podrá renunciar a ese derecho. Y son casos de excepción al deber de declarar, las relaciones de: Médico con paciente; Clérigo con el feligrés; Psiquiatra, psicólogo o terapista con el paciente, Trabajador social con el entrevistado entre otras.

En el consultorio jurídico los profesionales del área psicosocial  con base en el trabajo realizado con el usuario, asesoran interdisciplinariamente a los profesionales del derecho de todas las áreas ya sea en cuanto al estudio, evaluación de conductas de personas en temas como conflictos de custodia, divorcio, estado mental, reubicaciones laborales, conductas de violencia intrafamiliar, inasistencia alimentaria, condiciones de vida psicosociales, necropsias psicológicas entre otras. Para mejor compresión y evaluación, los profesionales del área psicosocial manejan herramientas como la entrevista psicológica, la observación, examen mental, evaluación psicológica, y exámenes psicométricos (pruebas psicológicas).

Todo este trabajo interdisciplinario apunta a dar herramientas al abogado para comprender de manera integral la conducta del usuario y de ser necesario poder solicitar ante el juez las valoraciones y peritajes pertinentes ante medicina legal quien emitir un dictamen.

Sí, la recuperación de nacionalidad es un trámite que se realiza mediante la página web de la Cancillería. Es importante contar con el acta de naturalización o documento idóneo en donde conste fecha de naturalización en el Estado de su otra nacionalidad. Desde el Programa de Migración acompañamos la solicitud y orientamos la recopilación de documentos necesarios.

Si, el solicitante de la condición de refugiado en territorio colombiano y según el Decreto 780 del 6 de mayo de 2016, se encuentra facultado legalmente para acceder al Sistema General del Seguridad Social en Salud (SGSSS) en calidad de afiliado. Desde el Programa de Migración acompañamos la solicitud de realización de encuesta SISBEN para definir y solicitar el régimen de afiliación del usuario.

No. Son estudiantes de la Facultad de Jurisprudencia que se encuentran en su último año de carrera y que están cumpliendo su requisito de grado en el Consultorio Jurídico. Sin embargo, los estudiantes se encuentran asesorados tanto por los coordinadores del área como por abogados asesores.

El Consultorio Jurídico, frente a casos llevados ante un juez, únicamente tiene competencia para actuar y asesorar en Bogotá. En caso tal que usted viva por fuera de esta ciudad y su asunto no tenga viabilidad jurídica o se escape de la competencia del Consultorio, recibirá una asesoría integral y se le darán las indicaciones sobre las autoridades competentes a las cuales puede acudir.